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Seguridad y Confidencialidad de las comunicaciones

Las comunicaciones cursadas mediante esta aplicación son absolutamente confidenciales. Cabe incluso la posibilidad de la presentación y tramitación de comunicaciones anónimas. La identidad del informante será en todo caso reservada y no se comunicará las personas a las que se refieran los hechos relatados ni a terceros. La identidad del informante sólo podrá ser comunicada a la autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

En primer lugar, es posible acceder a esta web desde cualquier ordenador. Si un técnico de redes de la organización investigara el tráfico de la red no podría rastrearle.

Aun así, el servidor web que aloja la aplicación no almacena las direcciones IP de los usuarios.

Toda la información entre su navegador y el servidor viaja cifrada mediante el protocolo https. Si alguien intercepta esta comunicación, no podrá ver su contenido.

Esta aplicación no consulta fuentes externas para verificar los datos que proporcione el informante, ni envía correos electrónicos con información sensible sobre las denuncias.

Las revelaciones hechas en virtud de este apartado estarán sujetas a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable. En particular, se trasladará al informante antes de revelar su identidad, salvo que dicha información pudiera comprometer la investigación o el procedimiento judicial. Cuando la autoridad competente lo comunique al informante, le remitirá un escrito explicando los motivos de la revelación de los datos confidenciales en cuestión.

Una vez envíe su comunicación, tanto ésta como los ficheros que adjunte se cifran mediante un complejo algoritmo. Sólo con el certificado digital de las personas autorizadas se pueden descifrar y leer. Ni siquiera los administradores de sistemas que operan los servidores pueden ver quien está enviando una denuncia ni su contenido.

El Responsable del Sistema responderá de su tramitación diligente y su procedimiento será conforme a lo previsto en el artº9 de la Ley 2/2023.

Asimismo, existirá un libro-registro de las informaciones recibidas y de las investigaciones internas a que hayan dado lugar, garantizando, en todo caso, los requisitos de confidencialidad previstos en dicha ley.

Este registro no será público y únicamente a petición razonada de la Autoridad judicial competente, mediante auto, y en el marco de un procedimiento judicial y bajo la tutela de aquella, podrá accederse total o parcialmente al contenido del referido registro.